1.- ¿Qué es el Cheque Servicio?
La Comunidad de Madrid ofrece varios tipos de ayudas a las personas en situación de dependencia. Una de ellas es el llamado Cheque Servicio o Prestación Económica Vinculada al Servicio. (Es importante saber que estas ayudas son excluyentes entre sí, es decir, una vez que esté disfrutando de una, automáticamente se le excluirá de la otra). Con el Cheque Servicio, la persona beneficiaria buscará en el sector privado el recurso que más le interesa y la Comunidad de Madrid le ayudará a financiar su coste con una cuantía mensual que dependerá del grado de dependencia y de la capacidad económica.
2.- ¿Cómo se solicita?
Para poder optar al Cheque Servicio es necesario conocer el grado de dependencia de la persona que va a solicitar la ayuda. Para ello, se solicitará en los Servicios Sociales correspondientes a su empadonamiento, mediante su trabajador social de zona o en los teléfonos 010 y 012 de Atención al Ciudadano. La documentación que hay que adjuntar para este trámite es:
Una vez entregada toda la documentación, la Dirección General de Coordinación de la Dependencia de la Comunidad de Madrid se pondrá en contacto con el interesado para fijar el día y la hora para la valoración. Una vez terminada dicha valoración, existen dos opciones:
Nota: El procedimiento, desde la entrada de la documentación en la Comunidad de Madrid, hasta la resolución del Grado de dependencia y del Programa Individual de Atención, no excederá de los 6 meses.
3.- Cheque Servicio
Una vez que tras el P.I.A. se nos comunica que se nos ha sido concedido el Cheque Servicio, se contratará una ayuda en el Centro privado (acreditado o autorizado por la Comunidad de Madrid) correspondiente al número de horas de atención que necesite el usuario, y la entidad prestadora dará de alta al usuario. Tras la inscripción en la plataforma, la ayuda es fiscalizada y aprobada por la Comunidad de Madrid. Finalmente, la Dirección General de Coordinación de la Dependencia comunica al usuario la cuantía que le corresponde por el grado de dependencia. Éstas pueden ser, como máximo, y dependiendo del grado de dependencia:
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